Timm Sprenger

Grupo B

Seminario Actual

Constitución de 1978

Valores y principios de la Constitución

La Constitución recoge en su art. 1.1. como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

El Estado Social y Democrático de Derecho 

Esta definición del Estado viene constitucionalizada en el Título Preliminar, art. 1.1 que dice: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho”

La forma Política: la Monarquía Parlamentaria

El Título Preliminar en el art. 1.3 consagra la  como «forma política del Estado español», que será desarrollada en el Título II, dedicado a la , y cuya problemática hemos abordado en el apartado de la .

Organización territorial del Estado

La Constitución establece igualmente una organización autonómica del poder, basada en los principios de unidad y de autonomía. Así, si por un lado, el art. 2, reafirma «la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles», por otro, «reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre ellas».

Jefatura del Estado

El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia (artº. 56). “El Rey reina, pero no gobierna”. En cuanto que símbolo del Estado, tiene funciones en las relaciones con otros Estados: asume la más alta representación de España en las relaciones internacionales (artº. 56). El Rey sanciona y promulga las leyes y le corresponde el mando supremo de las Fuerzas Armadas.

Legislativa

El Congreso de los Diputados: Cámara de representación poblacional 

En esta Cámara el hecho a representar es la población, esto es, que la finalidad del Congreso no era otra que la representación de los intereses de los ciudadanos. El Congreso tiene trescientos cincuenta escaños: se asigna un mínimo inicial de dos diputados por provincia y por otra parte, se elegen a los diputados de manera proporcional. La legislatura tiene una duración máxima de cuatro años.

El Senado: Cámara de representación territorial

En este Cámara ya no son los ciudadanos los que están representados sino los territorios. Cada distrito provincial elige a cuatro senadores. Además cada Comunidad Autónoma designa otro senador más, y otro más por cada millón de habitantes.

Función legislativa

Tres etapas en que se condensa el proceso de creación de una ley:      

1ª- Iniciativa legislativa: a) el , cuyas propuestas se denominan proyectos de  ley y gozan de prioridad a la hora de ser tramitados; b) el Congreso y el Senado, que plantean proposiciones de ley; c) las , que lo pueden hacer por ellas mismas a través de un proposición de ley   o pidiendo al gobierno que presente un proyecto de ley redactado por ellas; y d) los ciudadanos mediante la iniciativa  popular, que implica la necesidad de presentar medio millón de firmas que avalen la proposición de ley.

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2ª- Tramitación parlamentaria: Una vez presentada la iniciativa legislativa ante la Mesa del Congreso, ésta la somete al trámite de admisión. Si la iniciativa legislativa es admitida a trámite, entonces se publica en el Boletín Oficial del Congreso y se asigna  a la Comisión correspondiente en la que tras ser estudiada, debatida y establecidas o no las enmiendas pertinentes, elabora un dictamen que se eleva al Pleno de dicha Cámara para que se proceda a la aprobación del mismo. Y cuando el Pleno ya ha aprobado con o sin enmiendas el proyecto o proposición de ley, se envía al Senado ...

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